La libertad de expresión y el campus universitario
¿Cómo se aplica el derecho de la Primera Enmienda a la libertad de expresión a los oradores que han sido invitados por grupos de estudiantes para hablar en el campus?
Como institución pública de educación superior, NC State se compromete a fomentar la libertad de expresión y el debate abierto de ideas. NC State tiene prohibido prohibir o castigar a un orador invitado basándose en el contenido o el punto de vista de su discurso. La política de la universidad permite a los grupos de estudiantes invitar a oradores al campus, y la universidad proporciona acceso a ciertos lugares del campus para ese propósito. NC State no puede quitar ese derecho ni retirar esos recursos en función de las opiniones del orador invitado. Sólo en circunstancias extraordinarias, como se describe en esta página, puede cancelarse un acto en el que participe un orador invitado.
Una vez que un grupo de estudiantes haya invitado a un orador al campus, NC State actuará de forma razonable para garantizar que el orador pueda dirigirse a su público de forma segura y eficaz, sin violencia ni interrupciones.
Aunque NC State no puede restringir o cancelar el discurso basándose en el contenido o el punto de vista del mismo, la universidad está autorizada a establecer ciertos límites neutrales en cuanto al contenido y el punto de vista sobre cómo puede tener lugar el discurso. Estos límites pueden basarse en el “tiempo, lugar y forma” del discurso.
¿Qué son las restricciones de “tiempo, lugar y forma”?
Los tribunales reconocen desde hace tiempo que las instituciones educativas públicas tienen derecho a imponer ciertas restricciones al uso de sus campus con fines de libertad de expresión. Las restricciones neutrales en cuanto al contenido y al punto de vista de los tiempos y modos de comunicación, a menudo denominadas restricciones de “tiempo-lugar-manera”, son características comunes que las universidades implementan para garantizar que puedan seguir cumpliendo con su misión al mismo tiempo que permiten la libre expresión. En pocas palabras, esto significa que el “cuándo, dónde y cómo” de la actividad de la libertad de expresión puede regularse razonablemente si dicha regulación (1) es escrupulosamente neutral (en otras palabras, debe aplicarse a todo tipo de discurso, sin importar lo favorecido o desfavorecido que sea) y (2) deja una amplia oportunidad para el discurso en áreas o foros alternativos. El derecho a hablar en el campus no es un derecho a hablar en cualquier momento, en cualquier lugar y de cualquier manera que una persona desee. La universidad puede regular dónde, cuándo y cómo se habla para garantizar el funcionamiento del campus y para lograr objetivos importantes, como la protección de la seguridad pública.
Ejemplos de restricciones aceptables de tiempo-lugar-manera incluyen los requisitos de permiso para los oradores externos, los períodos de notificación, los requisitos de patrocinio para los oradores externos, la limitación de la duración y la frecuencia del discurso y la restricción del discurso durante los períodos de exámenes finales.
La necesidad de tener en cuenta las normas de tiempo, lugar y forma es la razón por la que la universidad exige a los estudiantes que colaboren con la administración a la hora de organizar determinados actos, en lugar de que los estudiantes programen y creen los actos por su cuenta sin la aportación de la universidad.
¿Puede NC State cancelar un acto patrocinado por estudiantes si la administración o la comunidad universitaria no están de acuerdo con las opiniones del orador?
No, NC State tiene prohibido cancelar un acto basándose en el punto de vista del orador.
Si se sabe que un acto con un orador puede dar lugar a violencia física, ¿es eso un motivo legal para que la universidad cancele el acto?
En general, NC State no puede impedir un discurso basándose en que es probable que provoque una respuesta hostil. Detener el discurso antes de que se produzca debido a la posible reacción al discurso es a menudo referido por los tribunales como el “veto del abucheador” y es una forma de “restricción previa”. Las restricciones previas a la expresión casi nunca se permiten.
La universidad está obligada a hacer lo que pueda para proteger a los oradores y evitar interrupciones o violencia. Aunque la universidad se compromete a cumplir con estas obligaciones, si a pesar de todos los esfuerzos de la universidad hay una amenaza grave para la seguridad pública y no hay otra alternativa, un evento puede ser cancelado. La principal preocupación de NC State es proteger la seguridad de sus estudiantes, profesores y personal. El Departamento de Policía de NC State realiza evaluaciones de seguridad con información de las agencias federales, estatales y locales de aplicación de la ley.
¿Cómo responde NC State a la incitación al odio?
NC State se dedica a fomentar la libertad de expresión en un entorno en el que los miembros de nuestra comunidad pueden aprender unos de otros y donde todos son tratados con dignidad y respeto. La universidad se opone enérgicamente y denuncia toda forma de discurso de odio. La universidad anima al profesorado, al personal y a los estudiantes a hacer uso de sus derechos de libertad de expresión, de acuerdo con las leyes federales y estatales, para condenar el discurso de odio y ayudar a crear oportunidades para que la comunidad del campus comprenda y aprenda de estas acciones. Se anima a los estudiantes que se encuentren con discursos hirientes u ofensivos a que se pongan en contacto con los administradores de la universidad, incluida la Oficina para la Equidad y la Diversidad Institucional (OIED), o a que presenten un informe al Equipo de Respuesta al Impacto de los Prejuicios (BIRT) de la universidad. Se puede encontrar más información sobre cómo responder a los actos de intolerancia en los sitios web de la OIED y del BIRT.
¿Cómo garantiza NC State la seguridad de la comunidad universitaria a la luz de la libertad de expresión?
NC State equilibra su compromiso con la libertad de expresión con un compromiso con la seguridad. Las personas que amenacen o cometan actos de violencia u otras violaciones de la ley pueden ser objeto de detención y enjuiciamiento por parte de las fuerzas del orden, así como de sanciones disciplinarias impuestas por la universidad.