Oficina de Profesiones

Requisitos generales | Tasas | Reembolsos parciales | Requisitos de educación | Requisitos de experiencia | Requisitos de examen | Solicitantes con licencia en otro estado | Permisos limitados| Requisitos de un vistazo

Requisitos generales

La práctica de la Terapia Matrimonial y Familiar y el uso de los títulos “Terapeuta Matrimonial y Familiar”, “Terapeuta Matrimonial y Familiar con Licencia”, “Terapeuta Matrimonial con Licencia”, y “Terapeuta Familiar con Licencia” o cualquier derivado de los mismos dentro del Estado de Nueva York requiere una licencia como Terapeuta Matrimonial y Familiar, a menos que la ley lo exima.

Para obtener la licencia de terapeuta matrimonial y familiar en el Estado de Nueva York se debe:

  • tener buen carácter moral;
  • tener al menos 21 años de edad;
  • cumplir con los requisitos de educación;
  • cumplir con los requisitos de experiencia;
  • cumplir con los requisitos de examen; y
  • completar los cursos o la capacitación en la identificación y reporte de abuso infantil ofrecidos por un proveedor aprobado por el Estado de Nueva York.

Debe presentar una Solicitud de Licencia (Formulario 1) y los demás formularios indicados, junto con la tarifa correspondiente, a la Oficina de Profesiones en la dirección especificada en cada formulario. Es su responsabilidad hacer un seguimiento con cualquier persona a la que le haya pedido que nos envíe material.

Los requisitos específicos para obtener la licencia están contenidos en el Título 8, Artículo 163, Sección 8403 de la Ley de Educación del Estado de Nueva York y en la Sección 52.33 y Subparte 79-10 del Reglamento del Comisionado de Educación.

También debe leer la información general sobre licencias que se aplica a todas las profesiones.

Tarifas

La tarifa para obtener la licencia y la primera inscripción es de 371 dólares.

La tarifa para obtener un permiso limitado es de 70 dólares (la tarifa del permiso limitado no es reembolsable).

Las tarifas están sujetas a cambios. La tasa a pagar es la que esté en vigor cuando se reciba su solicitud (a menos que las tasas se incrementen retroactivamente). Se le facturará la diferencia si las tasas se han incrementado.

  • No envíe dinero en efectivo.
  • Haga su cheque personal o giro postal a nombre del Departamento de Educación del Estado de Nueva York. Su cheque cancelado es su recibo.
  • Envíe su solicitud y la cuota a:

    Departamento de Educación del Estado de Nueva York
    Oficina de Profesiones
    Buzón 22063
    Albany, NY 12201

NOTA: El pago presentado desde fuera de los Estados Unidos debe hacerse mediante cheque o giro en un banco de los Estados Unidos y en moneda de los Estados Unidos; los pagos presentados de cualquier otra forma no serán aceptados y serán devueltos.

Reembolsos parciales

Las personas que retiran su solicitud de licencia pueden tener derecho a un reembolso parcial.

  • Para conocer el procedimiento para retirar su solicitud, póngase en contacto con la Unidad de Terapia Matrimonial y Familiar enviando un correo electrónico a [email protected] o llamando al 518-474-3817 ext. 592 o por fax al 518-402-2323.
  • El Departamento de Educación del Estado no es responsable de ninguna tarifa pagada a una agencia externa de pruebas o de verificación de credenciales.

Si retira su solicitud, obtiene un reembolso y luego decide buscar la licencia del Estado de Nueva York en una fecha posterior, se lo considerará un nuevo solicitante y deberá pagar la tarifa de solicitud y cumplir con los requisitos de licencia vigentes en el momento en que vuelva a solicitarla.

Requisitos de educación

Para cumplir con el requisito de educación profesional para la licencia como terapeuta matrimonial y familiar, debe presentar evidencia de A, B o C a continuación.

  1. Un título de maestría o doctorado de un programa en terapia matrimonial y familiar que sea:
    • registrado por el Departamento como habilitante para la licencia; o
    • acreditado por la Comisión de Acreditación de Educación en Terapia Matrimonial y Familiar (COAMFTE) u otra agencia acreditadora aceptable; o
    • determinado por el Departamento como el equivalente sustancial de dicho programa registrado o acreditado.

    O

  2. Un título de maestría o superior de un programa en un campo de salud mental aliado aceptable para el Departamento (incluyendo, pero sin limitarse a, trabajo social, psicología y asesoramiento de salud mental) y cursos adicionales de nivel de posgrado, si son necesarios, determinados por el Departamento para proporcionar la educación profesional sustancialmente equivalente de un programa que califica para la licencia en Terapia Matrimonial y Familiar.
    O
  3. Terminación de un programa ubicado fuera de los Estados Unidos y sus territorios que:
    • prepara a los individuos para la práctica profesional de la Terapia Matrimonial y Familiar; y
    • está reconocido por las autoridades civiles apropiadas de esa jurisdicción; y
    • puede ser verificado apropiadamente; y
    • es determinado por el Departamento como el equivalente sustancial de un programa de maestría o doctorado en Terapia Matrimonial y Familiar que califica para la licencia registrada o es aceptablemente acreditado.

Equivalencia sustancial

Para ser considerado sustancialmente equivalente, su programa debe incluir al menos 45 horas semestrales, o su equivalente, de estudio que contenga contenido curricular que incluya, pero no se limite, a cada una de las siguientes áreas:

  • al menos tres (3) horas semestrales en el estudio del desarrollo humano, incluyendo el desarrollo individual, infantil y familiar;
  • al menos doce (12) horas semestrales en conocimientos clínicos de terapia matrimonial y familiar, incluyendo pero no limitado a la psicopatología;
  • al menos seis (6) horas semestrales en conocimientos teóricos de terapia matrimonial y familiar;
  • derecho de familia;
  • al menos tres (3) horas semestrales en investigación;
  • al menos tres (3) horas semestrales en ética profesional; e
  • incluir una práctica supervisada en terapia matrimonial y familiar de al menos 300 horas de contacto con clientes.

NOTA: El requisito de educación para obtener la licencia de terapeuta matrimonial y familiar sólo puede cumplirse mediante la realización de cursos de nivel de posgrado en una institución que otorgue un título aceptable. La formación en un instituto o por un individuo registrado no cumple con el requisito de educación para la licencia, incluso si la formación está acreditada por una organización privada.

La evidencia de la recepción de su(s) título(s) debe ser presentada en el Formulario 2 – Certificación de Educación Profesional – y debe ser presentada directamente a la Oficina de Profesiones por la(s) escuela(s) donde obtuvo su(s) título(s).

El Departamento debe realizar una evaluación individual del expediente académico de un solicitante de licencia como terapeuta matrimonial y familiar que se haya graduado de un programa que, en el momento de la graduación, no fuera una maestría o título superior en terapia matrimonial y familiar de 45 horas semestrales (o más) que fuera:

  • Registrado por el Departamento de Educación del Estado como conducente a la licencia en Terapia Matrimonial y Familiar; o
  • Acreditado por la Comisión de Acreditación de la Educación en Terapia Matrimonial y Familiar (COAMFTE) bajo sus Estándares de 2005.

Un graduado de un programa en otro campo, incluyendo un programa de asesoramiento matrimonial y familiar acreditado por cualquier otra organización, requerirá una evaluación individual. Esta revisión determinará qué trabajo de curso de posgrado adicional, incluidas las prácticas supervisadas, debe completarse para constituir un título equivalente en terapia matrimonial y familiar.

Además de verificar el contenido del curso requerido, el Departamento de Educación del Estado debe determinar si el solicitante completó una práctica supervisada en terapia matrimonial y familiar y psicoterapia como parte del programa de grado. Esta evaluación requiere información que no figura en el expediente académico, por lo que el solicitante debe pedir al presidente o al director del departamento académico que rellene y presente un Certificado de prácticas supervisadas (formulario 2INT). La no presentación de este formulario retrasará la evaluación de la formación del solicitante y su posibilidad de obtener un permiso limitado y de ser admitido al examen de licencia. Tenga en cuenta que este formulario no es necesario para los graduados de los programas de MFT de 45 horas de crédito acreditados por el COAMFTE o registrados en el Estado de Nueva York que reúnen los requisitos para la obtención de la licencia.

Además del requisito de educación profesional, todos los solicitantes de la licencia de Terapia Matrimonial y Familiar o de un permiso limitado deben completar el trabajo de curso o la capacitación en la identificación y la denuncia del abuso infantil de acuerdo con la Sección 6507(3)(a) de la Ley de Educación. Vea información adicional y una lista de proveedores aprobados para esta capacitación.

Requisitos de experiencia

Para cumplir con el requisito de experiencia para obtener la licencia de terapeuta matrimonial y familiar, debe completar al menos 1.500 horas de contacto con clientes en la práctica de la terapia matrimonial y familiar. La experiencia sólo puede ser completada bajo un permiso limitado emitido por el Departamento o como parte del programa de educación que califica para la licencia, para la experiencia en Nueva York; la experiencia completada en otras jurisdicciones debe ser completada legalmente de acuerdo con las leyes de la jurisdicción. Usted y su supervisor deben presentar la documentación de la finalización de una experiencia clínica supervisada de al menos 1.500 horas de contacto con el cliente proporcionando Terapia Matrimonial y Familiar en un entorno aceptable para el Departamento de acuerdo con A o B a continuación.

  1. Si cumple con el requisito de educación para obtener la licencia completando un programa de maestría o doctorado registrado por el Departamento como calificado para obtener la licencia o un programa que el Departamento determine como equivalente, puede utilizar las horas de contacto con el cliente que completó como parte del programa y/o después para cumplir con este requisito además de las horas posteriores al título completadas bajo un permiso limitado.

    O

  2. Si cumple con el requisito de educación para obtener la licencia completando un programa de posgrado en un campo de salud mental aliada y cursos adicionales de nivel de posgrado, si es necesario, debe obtener la experiencia supervisada después de completar el programa de posgrado en el campo de salud mental aliada.

La práctica de la Terapia Matrimonial y Familiar se define como:

  • la evaluación y el tratamiento de los trastornos nerviosos y mentales, ya sean afectivos, cognitivos o conductuales, que dan lugar a relaciones familiares interpersonales disfuncionales, incluyendo, pero sin limitarse a las relaciones familiares, las relaciones matrimoniales/de pareja, las relaciones entre padres e hijos, las relaciones prematrimoniales y otras relaciones personales;
  • el uso de la orientación en salud mental, la psicoterapia y las técnicas terapéuticas para evaluar y tratar los sistemas matrimoniales, relacionales y familiares, y los individuos en relación con estos sistemas;
  • el uso de técnicas de asesoramiento de salud mental y psicoterapéuticas para tratar trastornos y dolencias mentales, emocionales y de comportamiento dentro del contexto de los sistemas matrimoniales, relacionales y familiares para prevenir y mejorar la disfunción; y
  • el uso de instrumentos de evaluación y asesoramiento de salud mental y psicoterapia para identificar y evaluar disfunciones y trastornos con el fin de proporcionar servicios de terapia matrimonial y familiar adecuados.

Todas las 1.500 horas de reloj de la experiencia supervisada deben consistir en el contacto directo con clientes en la práctica de la Terapia Matrimonial y Familiar.

La experiencia para la obtención de la licencia debe completarse de forma legal, bajo un supervisor cualificado en un entorno autorizado para prestar servicios profesionales. En el Estado de Nueva York, la experiencia debe ser bajo un permiso limitado emitido por el Departamento para un entorno específico bajo un supervisor calificado (ver abajo). La experiencia en otras jurisdicciones se evaluará para determinar si se han cumplido los requisitos equivalentes de manera legal.

Debe solicitar una licencia y tener su educación aprobada para ser elegible para un permiso limitado. Para obtener información adicional sobre los permisos limitados, consulte la sección de permisos limitados.

Para que sea aceptable para el Departamento, su experiencia supervisada debe cumplir los siguientes requisitos de supervisión y entorno.

Supervisión de la experiencia

Su supervisor debe estar licenciado y registrado en el Estado de Nueva York para ejercer la Terapia Matrimonial y Familiar, la medicina, como asistente médico, la psicología, el trabajo social clínico licenciado, o como enfermera profesional registrada o enfermera practicante y competente en la práctica de la Terapia Matrimonial y Familiar, o debe tener las calificaciones equivalentes según lo determine el Departamento para la experiencia completada en otra jurisdicción.

Usted debe obtener la experiencia para la licencia mientras esté bajo la supervisión general de un supervisor calificado. La supervisión general significa que un supervisor cualificado está disponible para la consulta, la evaluación y la valoración cuando los servicios profesionales están siendo prestados por un solicitante y el supervisor ejerce el grado de supervisión adecuado a las circunstancias.

El supervisor debe proporcionar al menos una hora a la semana o cuatro horas al mes de supervisión individual o grupal en persona en la que el supervisor:

  • revisa su evaluación, valoración y tratamiento de cada cliente bajo su supervisión general; y
  • le proporciona supervisión, orientación y dirección en el desarrollo de habilidades como Terapeuta Matrimonial y Familiar.

Además, el supervisor es responsable de la vigilancia adecuada de todos los servicios prestados por un titular de permiso limitado bajo su supervisión general. Ningún supervisor puede supervisar a más de cinco titulares de permisos limitados a la vez.

Toda la experiencia supervisada debe ser verificada por su(s) supervisor(es) utilizando una Certificación de Experiencia Supervisada (Formulario 4B). La verificación aceptable debe incluir un certificado del supervisor real. En los casos en los que dicha certificación no esté disponible, el Departamento puede aceptar una certificación de la duración y la frecuencia de la experiencia supervisada y de las cualificaciones del supervisor presentada por un colega con licencia.

Establecimiento de la experiencia

El entorno en el que se obtiene la experiencia debe ser un lugar en el que personas legalmente autorizadas presten servicios que constituyan la práctica de la Terapia Matrimonial y Familiar, tal y como se define en la Ley de Educación, y debe ser responsable de los servicios prestados por las personas que adquieren experiencia para obtener la licencia. El lugar no puede ser un consultorio privado propiedad del solicitante o gestionado por él. Si la experiencia se completa en un entorno distinto al del permiso, debe presentar un certificado de funcionamiento o un certificado de incorporación que indique que la entidad está autorizada a emplear profesionales con licencia y a prestar servicios restringidos según el Título VIII de la Ley de Educación.

Un entorno aceptable se define en el Reglamento del Comisionado como:

  1. una corporación profesional, una sociedad de responsabilidad limitada registrada o una sociedad de responsabilidad limitada de servicios profesionales autorizada a prestar servicios que están dentro del ámbito de la práctica de la Terapia Matrimonial y Familiar;
  2. una empresa unipersonal propiedad de un licenciatario que presta servicios que están dentro del ámbito de su profesión y servicios que están dentro del ámbito de la práctica de la Terapia Matrimonial y Familiar;
  3. una sociedad profesional propiedad de licenciatarios que prestan servicios que están dentro del ámbito de la práctica de la Terapia Matrimonial y Familiar;
  4. un hospital o clínica autorizada según el artículo 28 de la Ley de Salud Pública para prestar servicios que están dentro del ámbito de la práctica de la Terapia Matrimonial y Familiar;
  5. un programa o instalación autorizada según la Ley de Higiene Mental para prestar servicios que están dentro del ámbito de la práctica de la Terapia Matrimonial y Familiar;
  6. un programa o centro autorizado en virtud de la Ley Federal para prestar servicios que están dentro del ámbito de la práctica de la Terapia Matrimonial y Familiar;
  7. una entidad definida como exenta de los requisitos de licencia o autorizada de otro modo en virtud de la ley del Estado de Nueva York o de las leyes de la jurisdicción en la que se encuentra la entidad para prestar servicios que están dentro del ámbito de la práctica de la Terapia Matrimonial y Familiar.

El entorno en el que se adquiere la experiencia es responsable de los servicios prestados por los individuos que adquieren experiencia para obtener la licencia. El centro también es responsable de proporcionar una supervisión adecuada a dichos individuos y de asignar un supervisor cualificado, tal y como se define en esta sección, a los individuos que adquieren experiencia para la obtención de la licencia.

Requisitos para el examen

Tenga en cuenta: los candidatos del Estado de Nueva York para los exámenes de licencia de terapeuta matrimonial y familiar deben haber completado su programa de posgrado y haber recibido el título de posgrado como condición para la admisión al examen. Los solicitantes de la licencia no serán aprobados para realizar el examen antes de recibir el título de posgrado.

Para cumplir con los requisitos del examen para obtener la licencia de terapeuta matrimonial y familiar en el estado de Nueva York, debe aprobar el “Examination in Marital and Family Therapy” desarrollado por la Association of Marital and Family Therapy Regulatory Boards (AMFTRB) y administrado por Professional Testing Corporation (PTC). Nueva York no acepta el examen de California para la obtención de la licencia.

Antes de ser admitido al examen para la obtención de la licencia del Estado de Nueva York, debe:

  • Someter una Solicitud de Licencia (Formulario 1) y la tasa (371 dólares) al Departamento de Educación del Estado de Nueva York.
  • Pida a su escuela que verifique su educación directamente al Departamento de Educación del Estado de Nueva York en el formulario de Certificación de Educación Profesional (Formulario 2).
  • Reciba la notificación de aprobación de su educación y todos los materiales de la solicitud del Departamento de Educación del Estado de Nueva York. (Le notificaremos cuando haya cumplido con los requisitos de elegibilidad para el examen y le proporcionaremos el código de NY que necesita para la solicitud en línea.)

Después de que haya completado la solicitud en línea, el PTC envía avisos de elegibilidad a los candidatos aprobados por correo electrónico unas seis semanas antes del comienzo del período de pruebas. El aviso de elegibilidad contiene información sobre cómo programar una cita en un centro de pruebas de la ISP para realizar el examen

Professional Testing Corporation
1350 Broadway, 17th Floor
Nueva York, NY 10018
Teléfono: 212 356-0660
Fax: 212-356-0678
Web: www.ptcny.com

Si usted ha aprobado previamente el examen National Marital & Family en otra jurisdicción, podemos aceptar una transferencia de puntuación. Las instrucciones para solicitar el informe de puntaje pueden obtenerse en el folleto del examen en el sitio web de la AMFTRB: www.amftrb.org Icono de enlace externo . No podemos aceptar las puntuaciones comunicadas por usted o por otra jurisdicción.

Association of Marital and Family Therapy Regulatory Boards
1843 Austin Bluffs Parkway
Colorado Springs, CO 80918
E-mail [email protected]
Web www.amftrb.org External Link Icon

NOTA: El Estado de Nueva York no aceptará un examen realizado en condiciones no estándar, excepto según las disposiciones de la Americans with Disabilities Act. Ejemplos de estas condiciones no estándar inaceptables incluyen el uso de un diccionario o tiempo extra para los candidatos cuyo idioma principal no es el inglés. Si un candidato aprobó el examen en condiciones no estándar para otra jurisdicción, es posible que se le exija que vuelva a realizar el examen en condiciones estándar.

Acomodaciones razonables para el examen

Si tiene una discapacidad y puede requerir acomodaciones razonables para el examen, debe completar y presentar la solicitud de examen, la tasa de examen y un formulario de solicitud de acomodaciones para necesidades especiales completado y firmado, disponible en www.ptcny.com o llamando al PTC al 212-356-0660. Deberá cumplir con los requisitos y plazos establecidos en el manual de examen del AMFTRB. Asegúrese de marcar la casilla del punto 8 de su Solicitud de Licencia (Formulario 1) si solicita adaptaciones. Si su solicitud de adaptaciones razonables es denegada, o si tiene alguna queja sobre sus adaptaciones, póngase en contacto con la Junta del Estado de Nueva York para Profesionales de la Salud Mental (ver información de contacto).

Solicitantes con licencia en otra jurisdicción

Si usted está o ha estado licenciado/certificado en otra(s) jurisdicción(es), debe solicitar a la autoridad de licencias de la(s) jurisdicción(es) que proporcione la verificación de su licencia/certificación en una Verificación de otra licencia/certificación profesional (Formulario 3). El Formulario 3 se revisará para determinar si tiene antecedentes disciplinarios que puedan constituir una cuestión de carácter moral para la licencia o el permiso limitado.

Licencia por refrendo

Un solicitante que busque el refrendo de una licencia en Terapia Matrimonial y Familiar emitida por otra jurisdicción debe presentar evidencia de haber completado 5 años de práctica con licencia en los 10 años anteriores a la solicitud de licencia en el Estado de Nueva York. Debe haber obtenido la licencia en la otra jurisdicción cumpliendo los siguientes requisitos:

  • tener al menos 21 años de edad;
  • poseer un título de posgrado en Terapia Matrimonial y Familiar o un campo relacionado que en el momento de su finalización lo califique para obtener la licencia como Terapeuta Matrimonial y Familiar en otra jurisdicción;
  • haber completado una experiencia supervisada en Terapia Matrimonial y Familiar y en psicoterapia que le habilitara para obtener la licencia inicial en la otra jurisdicción; y
  • haber superado un examen aceptable para el Departamento de Educación del Estado de Nueva York para la práctica de la Terapia Matrimonial y Familiar.

Debe ser de buen carácter moral, según lo determine el Departamento, y completar el trabajo de curso requerido en la identificación y reporte de abuso infantil o la exención de dicho trabajo de curso, como se requiere en la Sección 6507(3) de la Ley de Educación.

Si no puede certificar 5 años de experiencia aceptable posterior a la licencia en los 10 años anteriores a la solicitud de una licencia del Estado de Nueva York, no es elegible para la licencia por endoso y debe solicitar como un solicitante de licencia inicial. Si su licencia inicial en Terapia Matrimonial y Familiar fue emitida por una jurisdicción que no tiene requisitos de licencia significativamente comparables a los del Estado de Nueva York, deberá presentar toda la documentación requerida a un solicitante de licencia inicial para que el Departamento de Educación pueda determinar si sus calificaciones personales son sustancialmente similares a los requisitos de licencia del Estado de Nueva York.

Para solicitar la licencia por refrendo debe presentar:

  • una Solicitud de Licencia (Formulario 1) junto con la tasa de 371 dólares; y
  • una Certificación de Educación Profesional (Formulario 2); y
  • verificación de su estado de licencia de la jurisdicción en la que fue inicialmente licenciado, y si es diferente, de cualquier otra jurisdicción en la que esté o haya estado licenciado. Cada autoridad que otorga la licencia debe completar y presentar una Verificación de Otra Licencia/Certificación Profesional (Formulario 3); y
  • un Registro de Experiencia del Solicitante de Licencia (Formulario 4E); y
  • una Certificación de Experiencia con Licencia (Formulario 4F) completada y presentada por el colega con licencia que da fe de sus 5 años de experiencia posterior a la licencia dentro de los últimos 10 años.

Además, debe hacer que la AMFTRB envíe las puntuaciones de su examen al Departamento. No se aceptan otras puntuaciones de examen (véase la sección de exámenes).

Permisos limitados

Un permiso limitado permite a una persona que ha presentado una Solicitud de Licencia (Formulario 1) y que, según la determinación del Departamento, ha cumplido con todos los requisitos para obtener la licencia como Terapeuta Matrimonial y Familiar, excepto el examen y/o los requisitos de experiencia, practicar la Terapia Matrimonial y Familiar bajo la supervisión adecuada mientras cumple con los requisitos.

Los permisos limitados sólo se emiten para lugares de práctica específicos en el Estado de Nueva York bajo un supervisor calificado aceptable para el Departamento. El centro debe estar autorizado para emplear a profesionales con licencia y prestar servicios restringidos según el Título VIII de la Ley de Educación. La supervisión adecuada y los lugares de práctica permitidos son los mismos que los de los requisitos de experiencia especificados anteriormente. A partir del 1 de enero de 2006, se debe tener licencia o estar autorizado de otro modo para practicar la Terapia Matrimonial y Familiar o supervisar a un titular del permiso.
El permiso limitado es válido por un período de dos años. El permiso puede prorrogarse hasta dos períodos adicionales de un año a discreción del Departamento si éste determina que el titular del permiso ha hecho esfuerzos de buena fe para completar con éxito el examen y/o el requisito de experiencia, pero no ha aprobado el examen de licencia o completado el requisito de experiencia, o tiene otra causa justificada, según determine el Departamento, para no completar el examen y/o el requisito de experiencia. Para solicitar una prórroga de su permiso limitado, debe presentar una nueva Solicitud de Permiso Limitado (Formulario 5) y una tasa de 70 dólares junto con una justificación de la prórroga.

Puede solicitar un permiso limitado presentando la Solicitud de Permiso Limitado (Formulario 5) y la tasa de 70 dólares al mismo tiempo o en cualquier momento después de haber presentado su Solicitud de Licencia (Formulario 1), la tasa de licencia de 371 dólares y una prueba de educación satisfactoria mediante un Certificado de Educación Profesional (Formulario 2). No se permite la práctica sin un permiso y cualquier experiencia obtenida sin un permiso limitado puede no ser aceptable para la licencia. No podrá ejercer hasta que el Departamento emita el permiso limitado.

Cuando deje su empleo, por licencia de maternidad u otra razón, su empleador debe devolver el permiso a la oficina de la Junta Estatal inmediatamente con una explicación de por qué se devuelve el permiso. En ese momento anularemos el permiso y el “reloj se detendrá”. Usted tendrá el tiempo restante disponible para un futuro permiso. Si no va a volver al centro, su supervisor deberá presentar la verificación de la experiencia en un Certificado de Experiencia Supervisada (Formulario 4B). Cuando vuelva a trabajar en ese entorno o en otro, presentará una nueva solicitud de permiso para que el Departamento la revise y apruebe. El siguiente permiso se emitiría para el resto del período de validez.

Requisitos de un vistazo

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