Se publican los límites de depreciación de 2020 para automóviles y camiones

El IRS publicó el miércoles las limitaciones de las deducciones de depreciación para los automóviles de pasajeros puestos en servicio por primera vez en 2020 y las cantidades de inclusión de ingresos para los arrendatarios de automóviles de pasajeros arrendados por primera vez durante 2020 (Rev. Proc. 2020-37). A estos efectos, los automóviles de pasajeros incluyen los camiones y las furgonetas. Los montos en el procedimiento de ingresos se ajustan a la inflación según lo requerido por la Sec. 280F(d)(7), utilizando el componente de automóviles del índice de precios al consumidor encadenado para todos los consumidores urbanos (C-CPI-U).

Para los automóviles de pasajeros a los que se aplica la Sec. 168(k) deducción adicional (de bonificación) de la depreciación del primer año y que se adquieren después de Sept. 27 de septiembre de 2017 y puestos en servicio durante el año natural 2020, el límite de depreciación según la Sec. 280F(d)(7) es de 18.100 dólares para el primer año fiscal; 16.100 dólares para el segundo año fiscal; 9.700 dólares para el tercer año fiscal; y 5.760 dólares para cada año sucesivo, todo ello sin cambios desde 2019. En virtud de la Sec. 168(k)(8)(D)(i), no se permite ninguna depreciación adicional para los bienes adquiridos antes del 28 de septiembre de 2017 y puestos en servicio después de 2019.

Para los automóviles de pasajeros puestos en servicio en 2020 para los que no se aplica ninguna deducción de depreciación adicional (de bonificación) del primer año de la Sec. 168(k), el límite de depreciación en virtud de la Sec. 280F(d)(7) es de 10.100 dólares para el primer año fiscal; 16.100 dólares para el segundo año fiscal; 9.700 dólares para el tercer año fiscal; y 5.760 dólares para cada año sucesivo, también sin cambios respecto a 2019.

El art. 280F(c) limita las deducciones por el coste de arrendamiento de automóviles, expresado como importe de inclusión de ingresos, según una fórmula y tablas prescritas en el Regs. Sec. 1.280F-7. La tabla 3 del Rev. Proc. 2020-37 contiene los importes de inclusión de ingresos para los arrendatarios de automóviles de pasajeros arrendados por primera vez durante 2020. Muestra los montos de inclusión de ingresos para un rango de valores justos de mercado para cada año fiscal después de que el automóvil sea arrendado por primera vez.

– Sally P. Schreiber, J.D., ([email protected]) es una editora senior de JofA.

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